SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Ministerio de
Energía y Minas informó que acoge en todas sus partes la decisión del Tribunal
Constitucional (TC) sobre la Resolución núm. R-MEM-REG-048-2017 y aclara que se
trata de una medida administrativa que nunca se aplicó debido a que, por
voluntad propia, fue suspendida al ser impugnada por actores del sector minero.
Expresa que la indicada resolución fue concebida ante
limitaciones y vacíos que acusa la Ley Minera No.146 del 4 de junio de 1971. El
MEM señala que en la actualidad se concentra en lograr que el Anteproyecto de
Ley de la Minería Nacional –formalmente enviado al Poder Ejecutivo- sea
tramitado al Congreso Nacional y se convierta en ley, fortaleciendo y
modernizando, de esa manera, el marco regulador de la industria extractiva.
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