El aumento en los salarios que devengan los servidores
públicos de la Superintendencia de Electricidad (SIE) se aplicó a raíz de la
“la inflación acumulada registrada en estos últimos años”.
La información fue puntualizada por la misma entidad, a
través de un comunicado, luego de que Listín Diario difundiera este viernes un
artículo en el que se establece que los honorarios en la SIE tuvieron un
incremento hasta de 150,000 pesos para una sola persona.
De acuerdo con el documento de prensa, la medida fue adoptada
en vista de que durante cinco años no se había realizado ningún ajuste salarial
a todos los colaboradores de la entidad.
“La última revisión de salarios para todo el personal de la
SIE se produjo en el año 2016”, indican, al tiempo que precisan que el aumento
salarial de un 9.5% se aprobó en mayo del 2021 por el Consejo de la SIE.
Respecto a las leyes y normativas constitucionales sobre
función pública y su reglamento de aplicación, así como de regulación salarial
del Estado dominicano, la entidad externó que por la naturaleza de la
Superintendencia de Electricidad, la institución no forma parte del Presupuesto
Nacional del Estado y no se encuentra sometida a las directrices de la Ley
41-08, ni la 105-13.
“Las remuneraciones, según lo establece el artículo 31 de la
Ley de Electricidad 125-01, no quedarán sujetas a las normas que regulan las
del personal de la administración pública, sino que serán fijadas de acuerdo
con las condiciones del mercado para los más altos cargos ejecutivos del sector
privado”, destacan.
Asimismo, explicaron que, según indica la Ley 125-01 y su
Reglamento de Aplicación en el artículo 37, la fuente principal de ingresos de
la SIE proviene de la contribución legal del 1% de las ventas totales en el
mercado eléctrico mayorista realizadas por las empresas que operan en el área
de generación, transmisión y distribución de electricidad.
En reiteradas ocasiones la SIE señala en el comunicado que
siempre han "actuado con transparencia” y han sido reconocidos por la
Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental, por ser una institución
“transparente y eficiente” en la administración pública.
COMUNICADO INTEGRO:
En la Superintendencia de Electricidad (SIE) siempre hemos
actuado con transparencia. Somos un órgano regulador descentralizado, autónomo,
no financiero, con personalidad jurídica de derecho público, patrimonio propio
y capacidad para adquirir, ejercer derechos y contraer obligaciones de acuerdo
con la Ley General de Electricidad 125-01.
También aclaramos que, según indica la Ley 125-01 y su
Reglamento de Aplicación en el artículo 37, la fuente principal de ingresos de
esta SIE proviene de la contribución legal del 1% de las ventas totales en el
mercado eléctrico mayorista realizadas por las empresas que operan en el área
de generación, transmisión y distribución de electricidad.
Respecto a la información publicada sobre las compensaciones
económicas en esta entidad, aclaramos que, en mayo del 2021, el Consejo de la
SIE aprobó un ajuste salarial de un 9.5% para todos los colaboradores de la
institución, el cual se hizo efectivo el 1 de septiembre del año pasado. Este
ajuste salarial no es reciente, como ha sido comunicado erróneamente por
ciertas fuentes malintencionadas, para desviar la atención de lo realmente
importante.
Dicha medida fue adoptada en vista de que durante 5 años no
se había realizado ningún ajuste salarial a todos los colaboradores de la
entidad. La última revisión de salarios para todo el personal de la SIE se
produjo en el año 2016, por lo que esta actualización de sueldos, que
correspondía ser de un 11%, se produjo para compensar la inflación acumulada
registrada en estos últimos años para todos los colaboradores.
Debemos destacar que, por la naturaleza de la
Superintendencia de Electricidad, la institución no forma parte del Presupuesto
Nacional del Estado, no se encuentra sometida a las directrices de la Ley 41-08
Sobre Función Pública y su Reglamento de Aplicación, así como tampoco a la Ley
105-13 Sobre Regulación Salarial del Estado Dominicano. Por lo que las
remuneraciones, según lo establece el artículo 31 de la Ley de Electricidad
125-01, no quedarán sujetas a las normas que regulan las del personal de la
administración pública, sino que serán fijadas de acuerdo con las condiciones
del mercado para los más altos cargos ejecutivos del sector privado.
Como institución responsable de la regulación y
fiscalización del subsector eléctrico, en la Superintendencia de Electricidad
reiteramos nuestro compromiso de continuar trabajando con transparencia como lo
hemos hecho hasta ahora.
En ese mismo tenor, esta Superintendencia ha sido reconocida
por la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental, por nuestra
transparente y eficiente gestión en la administración pública. (Carta que
adjuntamos).
Siempre hemos puesto a disposición, de forma oportuna, de la
ciudadanía todas las informaciones concernientes al accionar de esta SIE en
nuestro portal de transparencia y así lo seguiremos haciendo.
Listín Diario