El documento logrado después de cuatro años de trabajo entre
los distintos sectores representativos del país incluye la mayoría de los
puntos necesarios para la solución de la histórica crisis energética de
República Dominicana.
En esta entrega, Diario Libre trae los principales puntos
contenidos en ese texto y que conforman el pacto eléctrico, el cual está listo
desde finales de 2017 y no se ha podido firmar porque carece del apoyo de la
principal fuerza política opositora en el país (Partido Revolucionario Moderno,
PRM).
El punto tres del documento establece la misión que tendría
el pacto y esta es: “Proveer un servicio eléctrico bajo los principios de
universalidad, accesibilidad, eficiencia, transparencia, responsabilidad,
continuidad, razonabilidad y equidad tarifaria.”
También dice que esto será posible “mediante la operación en
condiciones de sana competencia conforme al marco legal, la seguridad jurídica,
la promoción de sinergias entre actores públicos y privados, el aprovechamiento
de fuentes de energía renovable, la innovación tecnológica, así como la
adopción de políticas y planes coherentes y consistentes en el tiempo, sujetos
a evaluación permanente y mecanismos de rendición de cuentas, todo ello en
beneficio del desarrollo nacional sostenible”.
En tanto que el capítulo 4 resalta que todos los actores del
subsector eléctrico se comprometen a actuar apegados a la legalidad, la ética y
la transparencia, mediante la aplicación y respeto efectivo de la Ley General
de Electricidad 125-01 y de todas las normativas que sustentan su aplicación.
Además, el cumplimiento de las legislaciones de carácter
general relativas a compras y contrataciones, control interno, servicio civil y
carrera administrativa, relaciones laborales y libertad sindical,
medioambiente, gestión de riesgos, transparencia y rendición de cuentas y todo
esto bajo un esquema de planificación y regulación de la industria eléctrica.
“No obstante, reconocemos que la solución de la problemática
del subsector eléctrico del país, en estricto cumplimiento a los principios
establecidos en la Constitución y las leyes que regulan el subsector,
requerirán realizar modificaciones puntuales a dicho marco legal, a fin de dar
cumplimiento a los compromisos que estamos asumiendo en este Pacto”, sostiene
el punto 4.
Asimismo, en el capítulo 5 se incluye el tema de la
participación de los actores que intervienen en el subsector eléctrico conforme
mandatos constitucionales.
Reafirma que las funciones esenciales del Estado son de
carácter normativo, promotor, regulador y fiscalizador, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 5 de la Ley 125-01 y sus modificaciones, así como la
de fomentar la iniciativa privada y la participación en la actividad comercial
bajo el principio de subsidiariedad, en los términos previstos en el artículo
219 de la Constitución.
Indica que el Estado dominicano fortalecerá el ejercicio de
estas funciones esenciales en la prestación del servicio eléctrico, ya sea
provisto por empresas públicas, privadas o mixtas, de manera que dicha
prestación responda a los principios de universalidad, accesibilidad,
eficiencia, transparencia, responsabilidad, continuidad, calidad, razonabilidad
y equidad tarifaria previstos en la Constitución.
Destaca que el Estado mantendrá su participación con
carácter monopólico en la generación hidroeléctrica mayor de 5 megavatios y la
transmisión de energía del Sistema Eléctrico Nacional Interconectado (SENI).
El capítulo 5 también señala que el Estado promoverá la
participación de los subsectores privado y solidario en las actividades de
generación y distribución eléctrica, ya sea mediante concesión, autorización,
asociación en participación, transferencia de la participación accionaria u
otra modalidad contractual, de conformidad con la Constitución y la Ley 125-01
y sus modificaciones.
Subcontratación
Aquí la Superintendencia de Electricidad (SIE) deberá emitir
mediante resolución, en un plazo no mayor de doce (12) meses contados a partir
de la firma del Pacto Nacional para la Reforma del Sub-sector Eléctrico, una
normativa que establezca las condiciones necesarias para que las empresas
distribuidoras puedan subcontratar la actividad de comercialización, para
mejorar la gestión, bajo un sistema transparente de contratación de servicios
por licitación pública con empresas privadas o de capital mixto y cooperativas
eléctricas y entes y órganos con capacidad legal, previamente aprobadas por la
Superintendencia de Electricidad (SIE), así como los procedimientos que regirán
esta subcontratación.
En el capítulo 6 se establece que de conformidad con el artículo
4 de la Ley 125-01 y sus modificaciones, se debe promover la libre competencia
y las inversiones en todas las actividades del subsector eléctrico donde sea
factible, en las condiciones previstas en dicha ley y respetando los derechos
adquiridos de conformidad con dicha ley.
Entre los puntos por destacar, también “se acuerda aplicar
de manera efectiva los estándares de operación, funcionamiento y calidad del
servicio establecidos en la Ley 125-01, su reglamento y toda la normativa
relacionada”.
Y se acuerda fortalecer los sistemas de supervisión y
fiscalización de la SIE para el cumplimiento de las normas relativas a la
calidad del servicio eléctrico.
Parte financiera y
ambiental
Los capítulos 7 y 8 del documento a firmar tratan de la
sostenibilidad ambiental y financiera del sector eléctrico. En la parte
ambiental, los actores ratifican su compromiso de cumplimiento de la Ley de
Medio Ambiente y deberán respetarse los acuerdos internacionales que se aplican
a la materia. En la financiera, la auto-sostenibilidad económica y financiera
del sistema eléctrico es una condición indispensable para que la industria
eléctrica, desde una perspectiva de largo plazo, pueda efectivamente contribuir
al desarrollo del país. Esto supone que las empresas eléctricas tengan la
capacidad de cubrir sus gastos operativos, de mantenimiento y de inversión para
la expansión.
Diario Libre